Negua
Moderator
Ojito, que no nos referimos a tu amigo el cansino que te mete en un grupo cada vez que vais a hacer en una cena y ahi está tu cuenta de WhatsApp con 300 grupos en los que estáis prácticamente la misma gente. Ahi no te queda otra que aguantarte y salirte como un señor.
Pero ay amigo, como se ocurra hacer como en Boecillo (?), que metieron a sus 255 habitantes para avisarles de la actualidad del pueblo o como un restaurante de Valladolid que metió a todos los comensales de una cena navideña en un grupo de WhatsApp y cuando uno se salió, el administrador lo volvió a meter mientras le advertía por privado que si se iba, se quedaba sin reserva. Y ahi que se publicaron el listado con nombres y apellidos de todos y sus respectivas mesas. Tras denunciar ambos casos, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tomó cartas en el asunto.
Y es que, como explica El Pais:
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha resuelto que las administraciones y los organismo públicos que incluyan números de teléfono en grupos de WhatsApp sin consentimiento expreso del titular de la línea estarán violando la Ley de Protección de Datos (LOPD).
Concretamente el artículo 4.2 establece que:
"los datos de carácter personal objeto de tratamiento no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos". "No se considerará incompatible el tratamiento posterior de estos con fines históricos, estadísticos o científicos"
En ambos casos, sanciones para los dos al infringir lo dispuesto en los artículos 4.2 y 10 de la LOPD, tipificados como infracción grave. Así que ni organismos públicos ni negocios pueden hacer esta práctica bajo cualquier pretexto.
Como sendos grupos fueron cerrados tras ser apercibidos, no sucedió nada más: ni multas económicas ni cárcel.
Pero ay amigo, como se ocurra hacer como en Boecillo (?), que metieron a sus 255 habitantes para avisarles de la actualidad del pueblo o como un restaurante de Valladolid que metió a todos los comensales de una cena navideña en un grupo de WhatsApp y cuando uno se salió, el administrador lo volvió a meter mientras le advertía por privado que si se iba, se quedaba sin reserva. Y ahi que se publicaron el listado con nombres y apellidos de todos y sus respectivas mesas. Tras denunciar ambos casos, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tomó cartas en el asunto.
Y es que, como explica El Pais:
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha resuelto que las administraciones y los organismo públicos que incluyan números de teléfono en grupos de WhatsApp sin consentimiento expreso del titular de la línea estarán violando la Ley de Protección de Datos (LOPD).
Concretamente el artículo 4.2 establece que:
"los datos de carácter personal objeto de tratamiento no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos". "No se considerará incompatible el tratamiento posterior de estos con fines históricos, estadísticos o científicos"
En ambos casos, sanciones para los dos al infringir lo dispuesto en los artículos 4.2 y 10 de la LOPD, tipificados como infracción grave. Así que ni organismos públicos ni negocios pueden hacer esta práctica bajo cualquier pretexto.
Como sendos grupos fueron cerrados tras ser apercibidos, no sucedió nada más: ni multas económicas ni cárcel.